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18 de agosto de 2012

DERECHO PENAL ESPECIAL. ACCESO CARNAL ABUSIVO CON MENOR DE 14 AÑOS. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, NO APLICA CUANDO SE CONDENA POR UNA CONDUCTA MENOS GRAVOSA QUE LA IMPUTADA.


En sentencia de junio de 2012, la Sala Penal de la CSJ, no casa sentencia y confirma la condena de un padre por el acceso carnal abusivo y actos sexuales agravados frente a su hija. En esta providencia se estudia el ingrediente normativo de la violencia en los delitos sexuales y se mantiene la postura de que no se puede alegar violación al principio de congruencia cuando se condena por una conducta menos gravosa que la imputada

Dice la CSJ:
Sobre el ingrediente normativo de la violencia, la Corte ha sostenido que en conductas como las de acceso carnal violento, la ejercida por el autor de la conducta puede ser de índole física o moral, explicando que:
“La primera se presenta si durante la ejecución del injusto el sujeto activo se vale de cualquier vía de hecho o agresión contra la libertad física o la libertad de disposición del sujeto pasivo o de terceros, que dependiendo las circunstancias de cada situación en particular resulte suficiente a fin de vencer la resistencia que una persona en idénticas condiciones a las de la víctima pudiera ofrecer al comportamiento desplegado.
”La violencia moral, en cambio, consiste en todos aquellos actos de intimidación, amenaza o constreñimiento tendientes a obtener el resultado típico, que no implican el despliegue de fuerza física en los términos considerados en precedencia, pero que tienen la capacidad de influir de tal manera en la víctima para que ésta acceda a las exigencias del sujeto agente, a cambio de que no le lesione grave y seriamente la vida, integridad personal, libertad o cualquier otro derecho fundamental propio o de sus allegados.


3 comentarios:

  1. Cordial saludo Sebastian, gracias por su trabajo en este blog pues nos permite ampliar más nuestra perspectiva del derecho penal. Tengo una pregunta, ¿cual es la contraseña para bajar esta sentencia?

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    1. Cordial saludo, la sentencia ya esta libre para descarga directa, que este muy bien

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