La Corte Constitucional en sentencia SU-195
de 2012 tutela el debido proceso a varios congresistas y ordena a la CSJ Sala
Penal disminuir la penas impuestas siguiendo
la jurisprudencia en las que los
magistrados del alto Tribunal Penal han dejado
claro que en el trámite de aforados y en casos situados en la vigencia de ley
600 de 2000, no se aplica el incremento punitivo de la ley 890 de 2004 que
modifico el código penal colombiano, ya que dicho incremento sólo se justifica
en cuanto se trate de un sistema procesal premial como la ley 906 de 2004
(CP Penal) que prevé instituciones propias como el principio de oportunidad,
negociaciones, preacuerdos y las reducciones de penas por
allanamiento a cargos.
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