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29 de febrero de 2012

Delitos Culposos. Responsabilidad Objetiva. Posicion de Garante. Autopuesta en Peligro


En sentencia de noviembre de 2011, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, casa sentencia y deja en claro que en los delitos culposos, la responsabilidad penal requiere que el resultado lesivo sea previsible y que se viole el deber objetivo de cuidado. Por esa razón, no es posible sancionar el simple resultado material  de la conducta. Además que en los caso de accidentes en tráfico vehicular se debe tener en cuenta el principio de confianza y la auto puesta en peligro.

Dice la corte
Por lo tanto, no tiene hoy cabida entre nosotros el criterio original de causalidad que posibilitaba cualquier clase de imputación, sino que un resultado lesivo sólo puede ser objetivamente imputado, siempre y cuando dicho resultado sea previsible y viole el deber objetivo de cuidado y esa vulneración sea a la postre la que materialice el evento producido

28 de febrero de 2012

Principio de congruencia ¿Se debe respetar desde audiencia de imputación o acusación? Indemnización integral como fenómeno que permite la extinción de la acción penal.

En fallo del 1 de febrero de 2012, la sala penal de la corte suprema de justicia, casa sentencia y declara la nulidad de la actuación surtida por violación al principio de congruencia desde la imputación hasta el juicio oral.
También se refiere a la figura de la indemnización integral como fenómeno que permite la extinción de la acción penal, que aunque no está constituido en la ley 906 de 2004 se puede aplicar por favorabilidad por esta consagrada en la ley 600 de 2000.




Dice la corte
Principio de congruencia “En este orden, además del principio de congruencia que se materializa desde el acto de acusación al definir los aspectos material, jurídico y personal del objeto del proceso los cuales se reflejarán en la sentencia, se debe también abogar por un principio de coherencia a lo largo del diligenciamiento a fin de que entre los actos de formulación de imputación y acusación; entre el allanamiento a cargos o preacuerdos y alguna de aquellas audiencias; entre la formulación de la acusación y los alegatos de conclusión; así como entre el anuncio del sentido de fallo y la sentencia propiamente dicha se preserve siempre el núcleo básico fáctico de la imputación.
Bajo tal óptica, se ha precisado que la formulación de imputación ha de ser fáctica y jurídica, ubicándose en el terreno de la posibilidad al venir precedida de la noticia criminal y las pesquisas tendientes a su verificación, luego, según el principio de progresividad, se allegarán elementos materiales probatorios y evidencia a fin de acreditar el aspecto fenomenológico del delito y la responsabilidad del incriminado con miras a sustentar la formulación de acusación con un grado de probabilidad de verdad, momento culminante de la investigación que la reviste de un halo definitivo delimitando el marco factual y jurídico dentro del cual habrá de surtirse el debate oral




Indemnización integral
“En el caso de la especie, como ya se dijo, de lo que se trata es de establecer si resulta procedente acudir al instituto de la reparación integral consagrado en el artículo 42 de la Ley 600 de 2000, como causal de extinción de la acción penal, para momentos posteriores a la audiencia de juzgamiento o de juicio oral cuando ya ha expirado la posibilidad de tramitarlo por la vía del principio de oportunidad, esto último en la medida en que se cumplan sus condicionamientos, según lo ya visto.
“Para la Corte, la aplicación de esta figura en las condiciones reseñadas, no sólo no pervierte la naturaleza del sistema acusatorio, sino que político criminalmente se ajusta a sus necesidades y a la voluntad del legislador al implementarlo.


¿Qué tipo de control tiene la audiencia de acusación? Cuando procede una solicitud de incompetencia o nulidad. Caso Colmenares

Frente al tan sonado caso del estudiante colmenares, traigo a colación la sentencia de la corte suprema de justicia sala penal, citada por el fiscal Luis González Navarro,  frente a las nulidades planteadas por la defensa de Laura Moreno y Jessy Quintero. ¿Qué controles tiene la audiencia de acusación? ¿Puede variar el nomen iuris? ¿Cuándo se debe declarar la nulidad?

Así las cosas, si la tipificación de la conducta punible con fundamento en unos hechos jurídicamente relevantes, es una atribución de la Fiscalía, sin que dicho acto de parte tenga control judicial, -ni oficiosamente, ni de manera rogada-; la tipificación que hace la Fiscalía la compromete de manera precisa con su tarea en el juicio, por lo que en su condición de parte tiene una enorme responsabilidad, que surge, de manera formal, al confeccionar el escrito de acusación, específicamente al consignar en él los hechos jurídicamente relevantes.


16 de febrero de 2012

CUADERNOS DE DERECHO PENAL

En esta oportunidad esta interesante revista nos trae temas como; el concepto del dolo en el nuevo derecho penal, y en un análisis jurisprudencial desarrolla el tan criticado concepto de dolo eventual en homicidio en accidente de tránsito.

13 de febrero de 2012

DESPLAZAMIENTO FORZADO ¿RETROACTIVIDAD DE LA LEY O DELITO DE EJECUCIÓN PERMANENTE?

De una discusión académica nace la idea de reflexionar una vez  más sobre si debe ser admisible la aplicación de los tipos penales de los artículos 159 (DEPORTACION, EXPULSION, TRASLADO O DESPLAZAMIENTO FORZADO DE POBLACION CIVIL) y 180 del Código penal (DESPLAZAMIENTO FORZADO) por hechos realizados antes del año 2001 cuando entra a regir nuestro estatuto penal. ¿Se estará violando principios constitucionales y penales en la aplicación de dicho delito? ¿Es un delito de ejecución permanente y su aplicación por hechos ocurridos antes del 2001 no afecta ningún principio? Saquen sus propias conclusiones

9 de febrero de 2012

Escrito de acusación contra Laura Moreno y Yessi Quintero, Caso Colmenares estudiante Universidad de los Andes

En publicitado caso la fiscalía acuso a Laura Moreno como coautora de homicidio agravado en concurso heterogéneo de falso testimonio y a Yessi Quintero como autora de falso testimonio y favorecimiento en homicidio,  tipo penal que se encuentra normativizado en el artículo 446 inciso 2 del estatuto represor.
En menos de 90 días inicia este juicio oral

2 de febrero de 2012

El Derecho Penal y García Márquez, Un Viaje A Macondo

Un libro especial para aquellos que amamos el derecho penal y la literatura. En un gran texto se hace un recorrido por las obras de García Márquez  y se explica desde sus obras algunos elementos dogmáticos de la teoría del delito, y algunos conceptos del derecho penal especial. Un gran libro, una gran aventura…