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2 de marzo de 2012

REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA: LEY 890 DE 2004 (SISTEMA GENERAL DE AGRAVACIÓN PUNITIVA) NO APLICA AL TRÁMITE ESPECIAL PARA AFORADOS DE LA LEY 600 DE 2000


En sentencia de enero de 2012, la Corte Suprema de Justicia Sala Penal condena por el delito de concierto para delinquir agravado a dos  ex congresistas y ratifica su posición y deja en claro que en el trámite de aforados y en casos situados en la vigencia de ley 600 de 2000, no se aplica el incremento punitivo de la ley 890 de 2004 que modifico el código penal colombiano, ya que dicho incremento sólo se justifica en cuanto se  trate de un sistema procesal premial como la ley 906 de 2004 (CP Penal) que prevé instituciones propias como el principio de oportunidad, negociaciones,   preacuerdos y las reducciones de penas por allanamiento a cargos.

Dice la Corte:

Desde esta perspectiva, el incremento del quantum punitivo previsto en el artículo 14 de la ley 890 de 2004, no aplica al trámite especial para aforados de la ley 600 de 2000, en cuanto desconoce el querer y voluntad del legislador en punto a la distinción de dos  procedimientos que sólo son compatibles cuando medie el principio  de favorabilidad, sin que existan en esta oportunidad motivos poderosos para variar la doctrina jurisprudencial reiterada, sobre la imposibilidad de aplicar el sistema general de agravación punitiva del citado precepto, a casos situados bajo el imperio de la Ley 600 de 2000, sin importar la condición del procesado.


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