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5 de marzo de 2012

¿LA PRESCRIPCIÓN EN MATERIA PENAL AFECTA LA REPARACIÓN INTEGRAL? ¿Y PUEDE EL JUEZ PENAL DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CIVIL OCASIONADA POR UNA CONDUCTA PUNIBLE?

En sentencia del 18 de enero de 2012, la CSJ Sala penal, se pronuncia frente a la prescripción de la acción penal y de la acción civil en ocasión de una conducta punible y dejan en claro que la ley 906 de 2004 no permite que el juez penal declare el cese de la acción civil ocasionada a través de una conducta punible

Dice la Corte

Por manera que el juez penal carece de competencia para declarar la prescripción de la acción civil “en relación con los penalmente responsables”, en tanto esa potestad le es deferida, única y exclusivamente, cuando tal acción  se ejercita dentro del proceso penal, lo cual sucede solamente en los trámites de la Ley 600 del 2000, no así en los de la Ley 906 del 2004.

En esas condiciones, al juez penal le está vedado declarar la prescripción de que trata el artículo 98 del Código Penal, ni respecto de los terceros civilmente responsables según la jurisprudencia ya decantada, pero tampoco en relación con los penalmente responsables, según lo que acaba de verse, luego sobre este tópico la situación de los últimos debe ser dilucidada bajo los parámetros de la legislación civil y por los jueces de tal especialidad, quienes, como ya se dijo, para los efectos pertinentes, especialmente lo relativo a la prescripción de la acción y a la interrupción de la misma, deberán considerar que bajo los lineamientos de la ley, la del procedimiento penal, en forma oportuna la víctima intervino válidamente, fue reconocida y reclamó la indemnización de los daños y perjuicios causados con el delito.


4 comentarios:

  1. Efectivamente, el Procedimiento Penal anterior permitía la constitución como Parte Civil desde iniciado el proceso presentando la correspondiente Demanda de Parte Civil, lo que de contera excluía la acción directa ante la Jurisdicción Civil, es decir, la ejercía paralelamente, lo que de hecho, aquella prescripción se posibilitaba. Hoy es diferente porque el ejercicio de la indemnización se ejercita una vez conocido el sentido del fallo, con el incidente de reparación, luego, el tiempo transcurrido no ha prescrito la acción o la posibilidad de ejercer una acción directa para pretender su indemnización, como sí hubiese sido posible en el anterior evento.

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    1. Muchas gracias por su comentario, muy atinado, la ley 906 de 2004 no permite la prescripción de la acción civil por parte del juez penal

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  2. que es la transcripción en el derecho penal ?

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  3. que es la prescripción en el derecho penal ?

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