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13 de octubre de 2014

SON LEGALES LAS GRABACIONES O INTERCEPTACIONES REALIZADAS POR LA VICTIMA

En sentencia de marzo de 2014, la Corte Suprema de Justicia deja claro que la víctima de una conducta punible puede realizar grabaciones o interceptaciones sin necesidad de orden judicial.

Dice la Corte


“La víctima, por sí misma o por interpuesta persona, perfectamente puede hacer la grabación de voz o de imagen, cuando está siendo objeto de una conducta punible por parte de un tercero, y éste, prevalido de ese interés de perseverar en el ilícito fin propuesto, se expone a ser captado de una u otra manera por equipos tecnológicos fabricados para tales fines –registrar voces y/o imágenes-, y esa recopilación puede ser tenida como elemento de convicción lícito y con la virtualidad de ingresar a la actuación penal, sin ser sometida a control de legalidad alguno.

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