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18 de octubre de 2014

LA PRUEBA INDICIARIA O PRUEBA INDIRECTA ES ACEPTADA POR LA LEY 906 DE 2004 PARA EMITIR SENTENCIA CONDENATORIA.

En sentencia de septiembre de 2014, la CSJ Sala Penal reafirma una vez mas que es posible emitir fallo condenatorio con base en prueba indirecta o indiciaria.

Dice la Corte


Cierto es que en la sentencia recurrida se acudió a prueba indirecta o indiciaria para acreditar el recibo de dinero por parte de la funcionaria enjuiciada para proferir dos decisiones judiciales que, como más adelante se explicará, fueron manifiestamente contrarias a la ley. Tal realidad en nada impide que pueda existir el conocimiento exigible para condenar porque (i) las inferencias lógico-jurídicas a través de operaciones indiciarias son plenamente aceptadas en la dinámica procesal introducida por la Ley 906 de 2004.


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