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27 de enero de 2016

SENTENCIA. EXISTE RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DEL ABOGADO POR NO ACTUALIZACIÓN DE SU DOMICILIO.

En sentencia de finales de 2015, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la judicatura confirma sanción impuesta a un abogado a causa de omitir la actualización de su domicilio y con ello faltar al mandato del numeral 13 del artículo 33 de la Ley 1123 de 2007.


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