La Ley 1774 de 2016, ley contra el
maltrato animal, modifica varios estatutos colombianos, en materia penal crea
un nuevo título al Código de las Penas titulado de los “Delitos contra los
animales”
En esta materia, se incluyeron dos
artículos a la legislación penal: El primero, consigna como sanción la
pena de prisión de 12 a 36 meses, la inhabilidad especial de 1 a 3 años y una
multa de 5 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Estas medidas se aplicarán a quien, por
cualquier medio o procedimiento, maltrate a un animal doméstico, amansado,
silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que
menoscaben gravemente su salud o integridad física.
El segundo, por su parte, establece las
circunstancias de agravación punitiva cuando la conducta se comete:
- Con sevicia.
- Cuando una o varias de las conductas mencionadas se
perpetren en vía o sitio público.
- Valiéndose de inimputables o de menores de edad o en
presencia de aquellos.
- Cuando se cometan actos sexuales con los animales.
- Cuando alguno de los delitos previstos en los
artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza
funciones públicas.
Finalmente, la competencia para conocer
estos casos corresponderá a los jueces penales municipales
Tomado: ambitojuridico.com
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