En sentencia del 2 de mayo del 2012, la
CSJ sala penal, confirma condena a fiscal por el delito de prevaricato por acción
al precluir una investigación con base en la ley 600 de 2000, por el delito de
falsedad en documento privado.
En una sentencia discutida y poco garantista,
se abordan temas como: el tipo penal del prevaricato por acción, cuando se predica
su dolo, error de tipo, la falsedad en documento público y privado, el bien jurídico
de la fe pública entre otros
Dice la Corte respecto al prevaricato por
acción:
Dicho tipo penal se encuentra constituido
por tres elementos a saber: i) un sujeto activo calificado –servidor público-; calidad que para la fecha de
los hechos, ostentaba el enjuiciado, como quiera que en el transcurso de la
investigación se acreditó su condición de Fiscal Seccional; ii) que profiera resolución o dictamen; hecho
debidamente acreditado, pues al proceso se allegó copia de la providencia de 29
de marzo de 2005, a través de la cual calificó el mérito del sumario dentro del
proceso penal que adelantara en contra de Jairo Hernán y Alberto Alonso Salazar
Escobar por el delito de falsedad en documento público agravado por el uso, y
iii) que sea manifiestamente contraria a la ley, presupuesto que también
converge en el presente asunto, pues como se verá más adelante, antepuso su capricho al querer del legislador
socavando el ordenamiento jurídico y la administración pública.
No hay comentarios:
Publicar un comentario