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5 de noviembre de 2014

LA PRUEBA DE REFUTACIÓN EN LA LEY 906 DE 2004

En sentencia de agosto de 2014, con ponencia del Magistrado Eugenio Fernández Carlier, la Corte Suprema en su Sala Penal, se pronuncia por primera vez in extenso sobre la figura de la prueba de refutación consagrada en el artículo 362 del Código de Procedimiento Penal.
En esta interesante sentencia, la Corte se pronuncia sobre el marco normativo, el objeto, la finalidad, los efectos y la legitimación para solicitar la prueba de refutación.

La importancia de la sentencia radica en que da los pasos para utilizar la prueba de refutación en la etapa de juicio oral, figura que hasta esta sentencia era de poca utilización, pues los operadores jurídicos no tenía elementos ni legales ni jurisprudenciales para admitir su práctica.

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