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12 de octubre de 2012

SENTENCIA C-782 DE 2012. NUEVO DERECHO PARA LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL.


En el estudio constitucional del articulo 90 de la ley 906 de 2004 (CP Penal). OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS BIENES. Si en la sentencia o decisión con efectos equivalentes se omite el pronunciamiento definitivo sobre los bienes afectados con fines de comiso, la defensa, el fiscal o el Ministerio Público podrán solicitar en la misma audiencia la adición de la decisión con el fin de obtener el respectivo pronunciamiento.  El Alto Tribunal Colombiano declara exequible la normativa en comento en el entendido que la víctima podrá solicitar en la audiencia de que trata esta norma, la adición de la sentencia o de la decisión con efectos equivalentes, que omita un pronunciamiento definitivo sobre los bienes afectados con fines de comiso, con el fin de obtener el respectivo pronunciamiento.

De esta forma la Corte, crea una vez más derechos no reconocidos por el Código de Procedimiento Penal.



9 de octubre de 2012

LA AUTORÍA EN EL DERECHO PENAL


De nuevo hago énfasis, en un tema que de vieja data ha traído conflicto a la dogmática penal. Me refiero a la autoría. En éste excelente texto se aborda las diferentes teorías acerca de la autoría y participación en el derecho penal y de igual forma, se nos explica su consagración en el código penal colombiana y las diferentes formas en el estatuto represor colombiano.


6 de octubre de 2012

DELITO DE ESTAFA. ACCIÓN A PROPIO RIESGO. SIMULACIÓN.


En sentencia de septiembre de 2012, la Sala Penal de la CSJ, casa sentencia por un cargo referente a la valoración probatoria, pero se pronuncia sobre la puesta en peligro o la acción a propio riesgo que  desvirtúa la imputación objetiva en el delito de estafa,  es por eso que para efectos del delito de  estafa (en el cual la víctima coopera en forma voluntaria al menoscabo patrimonial que constituye el resultado lesivo), los negocios jurídicos pueden ser fuentes de mentiras u ocultamientos relevantes para la configuración del elemento típico del engaño, pero cuando las partes están en igualdad de condiciones personales, ninguna tiene el deber de evitar el daño económico que la realización del contrato le represente a la otra.
Aun así, esta puesta en peligro no se puede predicar de ciertos roles de los sujetos del delito, entre ellos familiares, amigos, compañeros de vida en los cuales se deposita un grado alto de confianza.
En  otras palabras, si alguien confía en sus parientes más cercanos para que le protejan el patrimonio, es razonable esperar que ellos se comporten de manera correcta. Y, así mismo, no lo es exigible a quien deposita la confianza en tales eventos la activación de los mecanismos de protección que le serían predicables cuando tratase con terceros ajenos a su círculo de intimidad.
En síntesis, esta sentencia ayuda para el debate que se presenta desde hace decenios en la CSJ, en lo referente a ¿sí es la autotutela de la víctima un elemento del delito de estafa? O ¿sí no todo detrimento económico a causa de un acto ilegal e inmoral debe ser delito?



5 de octubre de 2012

DOBLE FAVORABILIDAD PARA LOS CONGRESISTAS. NO LES APLICAN EL AUMENTO PUNITIVO DE LA LEY 890 DE 2004, PERO SÍ LA REBAJA DE PENA DEL ARTÍCULO 351 DE LA LEY 906 DE 2004.


Aunque los incrementos punitivos de la Ley 890 del 2004 no se aplican a las penas impuestas contra congresistas, estos sí pueden ser beneficiarios, por favorabilidad, de la sentencia anticipada de la que trata la misma norma.

Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia, en la sentencia que condenó al excongresista Germán Olano como autor de los delitos de enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, conductas sobre las cuales aceptó cargos. La Sala Penal condenó al exsenador a 100 meses de prisión y más de 600 millones de pesos de multa.

El alto tribunal explicó que si los congresistas procesados bajo Ley 600 del 2000 deciden aceptar los cargos para que se les dicte sentencia anticipada, necesariamente se hacen merecedores a que se considere la rebaja de pena más amplia prevista en el artículo 351 de la Ley 906 del 2004, por principio de favorabilidad.

“El sistema acusatorio brinda la posibilidad de realizar preacuerdos y negociaciones de penas entre la Fiscalía y los imputados y no se puede desconocer, bajo ninguna circunstancia, el derecho que le asiste  a toda persona vinculada a un proceso penal, de aceptar libre y llanamente los cargos que se le imputen o la responsabilidad que se le atribuya respecto de uno o varios delitos, para obtener una sanción más benigna en compensación de la colaboración con la justicia”, señala la sentencia.

En el caso de Olano, este aceptó recibir cerca de 500 millones de pesos para mediar en la adjudicación de contratos celebrados por el Grupo Nule con el Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá (IDU).

tomado: ambitojuridico.com


1 de octubre de 2012

LÍNEAS JURISPRUDENCIALES SOBRE TEMAS PENALES.


En excelente texto, se plasman 10 líneas jurisprudenciales sobre temas que desde hace años dejan un halo de dudas entre los estudiosos del derecho penal. Los derechos de las víctimas en el SPA, la estafa, la legitima defensa en la riña, el concurso entre hurto calificado y secuestro simple, el principio de favorabilidad en procesos tramitados con ley 600, el termino prescriptivo en los delitos permanentes, son solo algunos de los temas que se describen en este texto.
Libro de estudio y de ayuda para los litigantes y estudiosos del derecho penal.