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12 de octubre de 2012

SENTENCIA C-782 DE 2012. NUEVO DERECHO PARA LAS VÍCTIMAS EN EL PROCESO PENAL.


En el estudio constitucional del articulo 90 de la ley 906 de 2004 (CP Penal). OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS BIENES. Si en la sentencia o decisión con efectos equivalentes se omite el pronunciamiento definitivo sobre los bienes afectados con fines de comiso, la defensa, el fiscal o el Ministerio Público podrán solicitar en la misma audiencia la adición de la decisión con el fin de obtener el respectivo pronunciamiento.  El Alto Tribunal Colombiano declara exequible la normativa en comento en el entendido que la víctima podrá solicitar en la audiencia de que trata esta norma, la adición de la sentencia o de la decisión con efectos equivalentes, que omita un pronunciamiento definitivo sobre los bienes afectados con fines de comiso, con el fin de obtener el respectivo pronunciamiento.

De esta forma la Corte, crea una vez más derechos no reconocidos por el Código de Procedimiento Penal.



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