En sentencia de
enero de 2016 la CSJ Sala Penal deja claro que ante un abogado ignorante, sin
aptitudes, con desconocimiento del sistema penal acusatorio procede la nulidad
por falta de defensa técnica.
Dice la Corte
A pesar de la presencia formal
de un profesional del derecho y de la realización de algunas actuaciones, éstas
fueron tan torpes, tan estultas y tan manifiestamente equivocadas que dejaron
en una indefensión material al acusado que extendió sus efectos al posterior
desarrollo del juicio y, eventualmente, a la definición del proceso.
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