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26 de abril de 2013

MASACRE DE JAMUNDÍ. CONDENA DE 15 MILITARES POR HOMICIDIO SIMPLE Y CULPOSO.


En sentencia de abril de 2013, la CSJ, Sala Penal no casa la sentencia presentada por las defensas y en cambio confirma la condena por homicidio simple y culposo contra 15 militares involucrados en la masacre de Jamundí en el año 2006.
Aunado con lo anterior, la Corte regaña y lamenta que ni la Fiscalía ni el Ministerio Publico hallan presentado recurso de casación, toda vez que así lo reclamaba la naturaleza de los hechos objeto de investigación y juicio, como también el interés que le asiste a la sociedad y al Estado colombiano en sancionar con justicia los desafueros de servidores públicos adscritos al estamento armado, atentatorios contra los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Lo que deja entrever que en este caso se debió condenar por homicidio agravado más no por homicidio simple y culposo como lo decidió el Tribunal.

Dice la Corte:

Por otra parte, la Corte lamenta que frente al fallo de segundo grado que determinó como simples y culposos un conjunto de homicidios, ocurridos en las circunstancias ampliamente reseñadas en precedencia, la Fiscalía y el Ministerio Público hubieran guardado silencio y no interpusieran el recurso extraordinario de casación.

Tal proceder le era exigible al ente investigador, pues como sujeto procesal vio desestimada su particular teoría del caso, defendida en el juicio oral y acogida con acierto por el juez. También al representante de la Procuraduría, toda vez que así lo reclamaba la naturaleza de los hechos objeto de investigación y juicio, como también el interés que le asiste a la sociedad y al Estado colombiano en sancionar con justicia los desafueros de servidores públicos adscritos al estamento armado, atentatorios contra los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.





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