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31 de enero de 2012

Sentencia del tribunal de Bogota, confirma condena del coronel (r) Plazas Vega

En sentencia del 30 de enero de 2012 La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena proferida en contra del coronel (r) del ejército Luis Alfonso Plazas Vega por su responsabilidad en las desapariciones del palacio de justicia en 1985.

25 de enero de 2012

¿PRESCRIPCIÓN? EN AUTO DE 2011, LA CSJ DECLARA DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, EN UNA SENTENCIA DE TINTE GARANTISTA PARA LOS PROCESADOS

En sentencia de 2011 la CSJ sala penal aborda el tema de la prescripción y deja claro que esta se calcula con base en el delito que se condene no por el que se halla imputado en el escrito de acusación.
Una sentencia que resalta los derechos de los procesados.

De acuerdo con las constancias procesales se tiene que la resolución acusatoria quedó ejecutoriada el 31 de julio de 2006, por tanto, a partir de esta fecha se impone contar el término prescriptivo, conforme lo establece el artículo 86 del Código Penal, de manera que como la conducta punible de inducción a la prostitución tiene una pena máxima de 4 años, según el contenido vigente del artículo 213 ibídem para la época de los hechos, ha de entenderse que el término prescriptivo en la etapa de la causa es de 5 años (artículo 86 ejusdem), los cuales se cumplieron el día domingo 31 de julio de 2011, valga decir, después del 1º de abril del mismo año, fecha en que se profirió el fallo de segundo grado.

Se precisa igualmente que el proceso arribó a la Corte el viernes 29 de julio de 2011 y de inmediato se procedió a su reparto, correspondiendo al Despacho del Magistrado que funge como ponente en esta providencia, de donde se sigue que entre la fecha en mención y el día en que operó el fenómeno jurídico de la prescripción (31 de julio), no medió siquiera un día hábil.


23 de enero de 2012

IMPUTACIÓN OBJETIVA, COAUTORÍA IMPROPIA EN LOS DELITOS CULPOSOS.

En sentencia clásica de la CSJ sala penal, la corte aborda temas como la creación de  un riesgo jurídicamente desaprobado, la imputación objetiva y su filtros de principio de confianza, acción a propio riesgo y autopuesta en peligro dolosa. Y termina explicado como no es un imposible dogmatico hablar de coautoría impropia delitos culposos. Una sentencia de un gran valor para la ciencia penal en Colombia.


“Los riesgos […] no necesariamente han de ser atribuidos en todo caso a una sola persona, sino que puede darse el caso de que deban ser administrados por varias personas. En este sentido, puede que sea bastante claro que un riesgo competa conjuntamente a dos autores diferentes; por ejemplo, si el propietario de un vehículo lo carga en demasía y el conductor lo conduce, siendo perceptible que el vehículo no está en condiciones de circular, ambos responden conjuntamente del riesgo del trayecto.  Jakobs. Günther, La imputación objetiva en derecho penal, Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 1998, pág. 107.

22 de enero de 2012

AUTORÍA MEDIATA Y APARATOS ORGANIZADOS DE PODER

En excelente texto, el profesor Fernando Velásquez hace un recorrido por la teoría de la autoría mediata por aparatos organizados de poder, nos recuerda su estructura, requisitos para que se de dicha autoría y su cambio dogmático en los últimos años.
También nos lleva a reflexionar si esta figura dogmática es legalmente aplicada en Colombia.

21 de enero de 2012

DEBIDO PROCESO PENAL, PRUEBA DE REFERENCIA, PRUEBA PERICIAL, PRUEBA ILEGAL

En sentencia de septiembre  de 2011, la CSJ sala penal se refiere a temas como; Debido proceso penal, prueba ilegal,¿Qué es la prueba de referencia, requisitos para ser admitidas en el juicio oral? Y además hace la diferenciación entre prueba pericial y de referencia

20 de enero de 2012

EL FUNCIONALISMO JAKOBSIANO: UNA PERSPECTIVA LATINOAMERICANA

En artículo del profesor Fernando Velásquez, nos hace un recorrido por la teoría de Jakobs, las críticas recibidas por los grandes maestros del garantismo penal y por qué no debe ser aplicados en Latinoamérica la teoría del derecho penal promulgada por el maestro de Bonn

9 de enero de 2012

LA LEGITIMIDAD DEL DERECHO PENAL

¿Que legítima la pena, que legítima el derecho penal? En artículo de Francisco Bernate Ochoa nos trae dos posiciones de la cual se ha escrito mucho, 1. La constitución legitima el derecho penal. 2. La propuesta normativista de Luhmann,  seguida por Jakobs de que el derecho penal se legitima porque debe proteger las expectativas de la sociedad.  El autor se deslinda por la segunda posición y de una manera clara y sencilla defiende la posición de los maestros alemanes.


En busca de otro derecho penal...

¿Sera el momento de trata de cambiar el derecho penal? ¿Pasar de un eficientísimo a un derecho penal más humano? Dejar de pensar que el derecho Penal colombiano,  paso de ser la última ratio del derecho para convertirse en la única alternativa para resolver  los conflictos sociales, esta y muchas más preguntas trata de resolver este articulo

6 de enero de 2012

Diferencias entre preacuerdos y allanamientos. Principio de congruencia. Mecanismo de insistencia

En auto del año 2011 la CSJ sala penal, nos recuerda las diferencias entre preacuerdos y allanamientos. Además recalca cuando hay violación al principio de congruencia. Y dicta el procedimiento para interponer el mecanismo (recurso) de insistencia cuando se inadmite la demanda de casación.

Delitos de omisión, principio de confianza, prohibición de regreso

En sentencia del 5 de diciembre de 2011, la CSJ sala penal, de forma didáctica y sencilla se refiere a temas como los delitos de omisión propia e impropia (impura), la posición de garante, el principio de confianza y la prohibición de regreso, tomando como referentes las teorías de Jakobs y Roxin.