JUANSEBASTIANSERNACARDONA@HOTMAIL.COM ASESORÍAS Y REPRESENTACIÓN

JUANSEBASTIANSERNACARDONA@HOTMAIL.COM

21 de agosto de 2016

AUTO QUE DECRETA PRUEBAS EN PROCESO PENAL NO ADMITE RECURSO DE APELACIÓN

En sentencia reciente la CSJ Sala Penal varía de nuevo su jurisprudencia y establece que el auto que decreta pruebas no admite el recurso de apelación y ante este solo procede la reposición.

Dice la Corte:


Así las cosas, para la Sala respecto del auto que admite pruebas (numeral 4° del artículo 177 de la Ley 906 de 2004), únicamente procede el recurso de reposición, mientras que contra el que deniega o imposibilita la práctica de las mismas, sí es dable promover el de apelación. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario